Programa de Desarrollo Laboral (PDL)
¿Qué es el Programa de Desarrollo Laboral?
El Programa de Desarrollo Laboral (PDL), adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) administra y fiscaliza los fondos federales de adiestramiento y empleo del Título I de la Ley Pública Núm. 113-128 del 22 de julio de 2014, conocida como la Ley de Oportunidades y de Innovación de la Fuerza Laboral (WIOA, por sus siglas en inglés) que se asignan al Gobierno de Puerto Rico.
WIOA brinda una extensa variedad de actividades para el desarrollo de la fuerza laboral, para ayudar a las personas que solicitan empleo, trabajadores desplazados y a los jóvenes dentro y fuera de la escuela a tener acceso a nuevas oportunidades de empleo, educación, adiestramiento y servicios de apoyo para tener éxito en el mercado laboral. Además, parea a los patronos con los candidatos de empleo calificados, que ellos necesitan para competir en la economía global.
El propósito de estas actividades es promover el aumento de oportunidades de empleo, la retención del empleo, y las habilidades ocupacionales de los participantes. Para sostener y aumentar la fuerza laboral, reducir la dependencia a la asistencia pública y desarrollar la productividad de Puerto Rico generando empleos.
La Ley requiere que el/la Gobernador/a establezca una Junta Estatal de Desarrollo Laboral con el fin de asesorarlo(a) en la construcción de un sistema de desarrollo de la fuerza laboral alineado con las políticas estatales de educación y los objetivos de desarrollo económico. Es responsable de asistir a el/la Gobernador(a) con las funciones asignadas por WIOA en: el desarrollo e implementación del Plan Estatal Unificado; desarrollo y expansión de alianzas en sectores y ocupaciones en demanda; desarrollo y alineación de políticas; desarrollo y mejoramiento continuo del sistema de Gestión Única; desarrollo de políticas y pautas sobre las funciones de los socios del Sistema de Gestión Única y la aportación de recursos para su sustento.
Composición: La Junta Estatal deberá incorporar las diversas regiones del estado, lo que incluye áreas rurales, urbanas y suburbanas y estará compuesta por representantes de diferentes sectores.
El/la Gobernador/a ha designado la Junta Estatal de Desarrollo Laboral que consiste principalmente de representantes de negocios, organizaciones laborales, instituciones educativas y organizaciones comunitarias. La Junta Estatal le ayuda al/la Gobernador (a) a diseñar un plan a nivel estatal y a establecer las normas adecuadas para los programas.
Secretaria de la Junta Estatal 787-754-5504 ext. 5630
Convocatorias y Minutas
La Junta Estatal de Desarrollo Laboral tiene al menos cuatro reuniones al año. Todas las reuniones están abiertas, al público o profesionales del desarrollo de la fuerza laboral. Para poder asistir favor de solicitar autorización con un mínimo de dos días anticipación al siguiente correo electrónico juntaestatalwioa@ddec.pr.gov
Cartas Circulares emitidas por
Directores Ejecutivos del Programa de Desarrollo Laboral
Cartas Circulares | Número |
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Carta Circular para establecer la Política Pública y requisitos para la designación inicial y Subsiguiente de las áreas Locales bajo WIOA | Carta Circular WIOA 01-2015 |
Carta Circular de Memorando de Entendimiento MOU | Carta Circular WIOA 01-2017 |
Carta Circular Guía para la Selección Competitiva de Operadores del Centro de Gestión Única- American Job Center | Carta Circular WIOA 2-2017 |
Carta Circular sobre política pública y Requisitos de la Publicidad, Transparencia, Apertura y Divulgación de los Asuntos de las Juntas Locales | Carta Circular WIOA 03-2017 |
Prohibición del cierre total de los Centros de Gestión Única (CGU) durante los cierres administrativos decretados por los municipios | Carta Circular WIOA-03-2021 |
Facultad De Las Áreas Locales De Desarrollo Laboral De Otorgar Un Bono De Verano Como Parte De Los Beneficios Marginales Asus Empleados | Carta Circular DDEC-WIOA-04-2021 |
Programa de Desarrollo Laboral, Areas Locales de Desarrollo Laboral, Alcaldes, Juntas Locales de Desarrollo Laboral | Carta Circular DDEC-WIOA-03-2022 |
Requisitos para Actividades de Adiestramiento de Base en el Trabajo (WBT) | DDEC-WIOA-04-2022 |
Autoridad Nominadora de Directores Ejecutivos de Areas Locales de Desarrollo Laboral | Carta Circular DDEC-WIOA-06-2022 |
Participacion de Empleados en los ALDL En labores de Emergencia de los Municipios Afectados por el Huracán Fiona | Carta Circular DDEC-WIOA-07-2022 |
Lanzamiento de nueva marca Conexión Laboral | DDEC-WIOA-08-2022 |
Actas de las Reuniones de la Junta Estatal
Políticas Públicas, Procedimientos y Reglamentos
La Junta Estatal y el Programa de Desarrollo Laboral han desarrollado políticas públicas (incluyendo procedimientos y directrices) para asegurar la formación de las mismas con la Ley WIOA, las prioridades de desarrollo económico del/a Gobernador(a) y las metas de la Junta Estatal, entre otros, para poder cumplir con las estrategias bajo los servicios permisibles para los participantes bajo los programas de la Ley de Oportunidades y de Innovación de la Fuerza Laboral que sirve el PDL y las 15 Juntas Locales de Desarrollo Laboral (JLDL).
Plan Estatal Unificado 2020-2023
Según las disposiciones de la Sección 102(b)(1)(B) de la Ley de Oportunidades e Innovación de la Fuerza Laboral (WIOA, en inglés), el/la Gobernador(a) de cada Estado o Territorio debe presentar un Plan Estatal Unificado o Combinado al Departamento de Trabajo de los EE.UU., estrategia anual para el sistema de desarrollo de la fuerza laboral del Estado. Los planes estatales de WIOA brindan información valiosa sobre las diversas inversiones, programas e iniciativas en curso para servir a nuestros solicitantes de empleo, estudiantes y empresas en toda la isla.
La Modificación del Plan Estatal de Puerto Rico 2022 está disponible para comentarios públicos. Tenga en cuenta que este documento revisado se basa en el Training and Employment Guidance Letter (TEGL 04-21) emitido por el Departamento de Trabajo y el Departamento de Educación de los Estados Unidos.
El plan modificado estará disponible para revisión y comentario público hasta el 11 de marzo de 2022 a las 5:00 p.m. Por favor envíe sus comentarios a juntaestatalwioa@ddec.pr.gov. Todos los comentarios serán revisados por uno o más programas asociados a WIOA que incluyen el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico, el Departamento de Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico, el Departamento de Educación de Puerto Rico y la Administración de Rehabilitación Vocacional de Puerto Rico.
BORRADOR MODIFICACIÓN PLAN ESTATAL UNIFICADO DE PR 2020 2023 LEY WIOA
Las Áreas Locales son creadas bajo la Ley de Oportunidades e Innovación en la Fuerza Laboral (WIOA) y designadas por el Gobernador. Estas ofrecen servicios a jóvenes, adultos y trabajadores desplazados. Servicios que se ofrecen:
- Información sobre el mercado laboral
- Oportunidades de empleo
- Asistencia en la redacción de cartas de presentación y resumés
- Fotocopias y tramites de servicios de empleos
- Uso de internet
- Evaluaciones
- Oportunidades de adiestramientos.
Beneficios de la Ley de Oportunidades y de Innovación de la Fuerza Laboral (WIOA)
Los servicios brindados por la Ley de Oportunidades y de Innovación de la Fuerza Laboral (WIOA) a nivel local ofrecen una variedad de beneficios a los participantes del programa y a las comunidades:
- Consejería, asesoramiento y asistencia en la planificación de su carrera
- Acceso a información sobre el mercado laboral, búsqueda de empleo y asistencia en la colocación en el empleo
- Oportunidad para aumentar sus destrezas laborales mediante la educación y adiestramiento.
- Potencial para obtener mayores salarios/ sueldos y mayor autosuficiencia como resultado de la educación y el adiestramiento.
- Asistencia para obtener el diploma de escuela superior o su equivalente.
- Oportunidades de desarrollo de liderazgo, incluyendo experiencia de empleo con paga o sin paga.
- Potencial para obtener mayores salarios/ sueldos y mayor autosuficiencia como resultado de la educación y el adiestramiento.
- Trabajadores capacitados para satisfacer las necesidades laborales.
- Capacitación y adiestramiento laboral para sus empleados actuales de tiempo completo.
- Evitar despidos y servicios de respuesta rápida para el empleo y capacitación para trabajadores desplazados.
- Servicios adecuados a las necesidades específicas de la fuerza laboral.
- Mejorar la calidad de la fuerza laboral y aumentar el número de personas colocadas en empleos.
- Reducción en la necesidad de asistencia pública y solicitudes para beneficios de Seguro por Desempleo.
Servicios Disponibles
El Título I de la Ley de Oportunidades y de Innovación de la Fuerza Laboral (WIOA) autoriza servicios para adultos, trabajadores desplazados y jóvenes.
Los adultos elegibles para recibir servicios deben tener 18 años o más.
Los trabajadores desplazados son individuos que han sido despedidos de su último empleo y tienen pocas posibilidades de regresar a su industria u ocupación anterior. Adicional es posible que las personas que trabajen por cuenta propia, el esposo(a) de un miembro de las fuerzas armadas que se encuentre en servicio activo y las amas de casa desplazadas también pueden calificar para recibir estos servicios.
Los servicios de empleo para adultos y trabajadores desplazados, tales como adiestramiento, educación y otros servicios se proporcionan a través de los Centros de Gestión Única de las Áreas Locales.
Los Centros de Gestión Única utilizan una diversidad de estrategias para brindar los servicios apropiados y satisfacer las necesidades de sus clientes:
Servicios Básicos de Carreras
Determinación de la elegibilidad para participar en diferentes programas, información sobre el mercado laboral, una evaluación inicial de los niveles de destreza, y ayuda en la búsqueda y colocación de empleo.
Servicios de Carrera Individualizados
Pueden incluir evaluaciones detalladas y especializadas, pruebas de diagnóstico, entrevistas y evaluaciones objetivas, consejería individual o grupal, planificación de carrera y actividades de preparación para el ingreso a la fuerza laboral.
Servicios de Adiestramiento
Pueden incluir capacitación para el adiestramiento profesional, adiestramiento laboral y adiestramiento en el empleo. Se establecen cuentas individuales de adiestramiento para financiar el costo del adiestramiento de una lista de proveedores aprobados por el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC).
Lista de Proveedores de Adiestramiento
Lista oficial pública que prepara el Programa de Desarrollo Laboral según recomendaciones de las Juntas Locales, y que contiene los programas de proveedores de servicios de adiestramiento certificados como elegibles para ofrecer adiestramientos subvencionados con fondos de la Ley WIOA. Esta lista incluye información sobre los niveles de ejecución y costos de cada programa.
Programa de jóvenes
El Programa de Jóvenes bajo la ley WIOA, asiste al joven elegible fuera y dentro de la escuela, con una o más barreras, a alcanzar el éxito académico y de empleo. Para participar del programa los jóvenes tienen que estar entre las edades de 14 a 24 años. WIOA propone una amplia gama de servicios de alta calidad, incluida la exploración y orientación profesional, el apoyo continuo para los logros educativos académicos, vocacionales, experiencia laboral, práctica, pasantías y la capacitación en industrias y ocupaciones en demanda. El objetivo del programa es que los jóvenes ingresen en la educación postsecundaria, un aprendizaje registrado o un empleo, a lo largo de un trayecto profesional (career pathway).
TUTORÍA, ADIESTRAMIENTO EN DESTREZAS DE ESTUDIO, INSTRUCCIÓN Y PREVENCIÓN DE DESERCIÓN (20 CFR 681.400, 681.460(a)(1)) son actividades que conducen a un diploma de escuela secundaria o equivalente reconocido (incluido un certificado reconocido de asistencia o documento similar para personas con diversidad funcional) o para una credencial postsecundaria reconocida.
SERVICIOS DE ESCUELA SECUNDARIA ALTERNA Y RECUPERACIÓN DESERCIÓN ESCOLAR (20 CFR 681.400, 681.460(a)(2)) ayudan a los jóvenes que han tenido dificultades en la educación secundaria tradicional o que han abandonado la escuela;
Los servicios bajo este elemento del programa están destinados a ayudar a los jóvenes que:
- han abandonado la escuela secundaria, o,
- jóvenes en la escuela que actualmente están luchando para mantenerse en la escuela secundaria tradicional y se beneficiarían de un programa alterno de escuela secundaria.
Los servicios están dirigidos a volver a atraer a los jóvenes para que continúen la educación que conduce a la finalización del diploma de escuela secundaria o su equivalente reconocido.
EXPERIENCIA LABORAL CON PAGA O SIN PAGA (20 CFR 681.600) es una experiencia de aprendizaje planificada y estructurada en un lugar de trabajo por un periodo de tiempo limitado. Los servicios están enfocados en proveer a los jóvenes elegibles oportunidades para la exploración de carreras y el desarrollo de destrezas. Una experiencia laboral tiene que incluir componentes académicos y de educación ocupacional.
La experiencia laboral remunerada o no remunerada de un participante tiene que estar vinculada a las metas identificadas en su estrategia individual de servicio.
La experiencia laboral puede incluir los siguientes tipos de experiencias laborales:
- Oportunidades de empleo de verano y otras oportunidades de empleo disponibles durante todo el año escolar;
- Programas de pre-aprendizaje;
- Internados;
- Observación de trabajos (job shadowing); y
- Oportunidades de adiestramiento en el empleo (OJT).
ADIESTRAMIENTO EN DESTREZAS OCUPACIONALES (20 CFR 681.540) es un programa de estudio organizado que proporciona habilidades vocacionales específicas que conducen a la competencia en la realización de tareas técnicas reales y funciones requeridas por ciertos campos ocupacionales en los niveles de entrada, intermedio o avanzado.
El adiestramiento en destrezas ocupacionales debe cumplir con los siguientes criterios:
- Está orientado a los resultados y se centra en un objetivo ocupacional especificado en la estrategia individual de servicios del joven;
- tiene la duración suficiente para impartir las habilidades necesarias para alcanzar el objetivo profesional; y
- conduce a la consecución de una credencial postsecundaria reconocida.
EDUCACIÓN OFRECIDA CONCURRENTEMENTE CON ACTIVIDADES DE PREPARACIÓN DE LA FUERZA LABORAL (20 CFR 681.630) refleja un modelo integrado de educación y adiestramiento; y describe cómo las actividades de preparación de la fuerza laboral, las habilidades académicas básicas y el adiestramiento práctico en habilidades ocupacionales deben enseñarse dentro del mismo marco de tiempo y conectarse al adiestramiento en una ocupación específica, un grupo ocupacional o trayecto profesional.
OPORTUNIDADES DE DESARROLLO DE LIDERAZGO (20 CFR 681.520, §681.530) incluyendo servicio comunitario y actividades centradas en los pares que fomentan la responsabilidad, la confianza, la empleabilidad, la autodeterminación y otros comportamientos sociales positivos;
La Junta Estatal de Desarrollo Laboral estableció que los servicios bajo el elemento de Oportunidades de Desarrollo de Liderazgo son requeridos para todos los Jóvenes en la Escuela y los Jóvenes Fuera de la Escuela (Ver DDEC-WIOA-02-20: Guía de Asistencia Técnica de los Elementos del Programa de Jóvenes)
SERVICIOS DE APOYO (20 CFR 681.570) permiten que una persona participe en las actividades de WIOA, Sec. 3 (59) e incluyen elementos como asistencia de cuidado de niños o dependientes, asistencia de transporte, herramientas necesarias para el trabajo, entre otros.
Nota: usualmente los servicios de apoyo se han identificado como servicios de sostén. No obstante, el término adecuado es servicios de apoyo ya que recoge mejor el concepto de lo que pretende este elemento. Ver documento DDEC-WIOA-02-20: Guía de Asistencia Técnica de los Elementos del Programa de Jóvenes.
MENTORĺA DE ADULTOS (20 CFR 681.490) es una relación formal entre un joven participante y un mentor adulto que incluye actividades estructuradas en las que el mentor ofrece orientación, apoyo y motivación con el fin de desarrollar las competencias y el carácter del participante. Debe ofrecerse por un período de al menos 12 meses, que puede ocurrir durante y después de la participación en el programa;
SERVICIOS DE SEGUIMIENTO (20 CFR 681.580) se proporcionan después de la salida del programa y ayudan a garantizar que los jóvenes tengan éxito en el empleo o la educación durante al menos 12 meses después de que finalice su participación. La ley WIOA establece en la sección 129(c)(2)(1) y en el 20 CFR 681.580(c) que todos los jóvenes participantes deben tener la oportunidad de recibir servicios de seguimiento que estén alineados a la ISS.
Los servicios de seguimiento pueden incluir contacto regular con el patrono de un joven participante, incluida la asistencia para manejar los problemas relacionados con el trabajo, que puedan surgir, así como servicios de apoyo necesarios para mantener al joven en la actividad de educación o empleo colocado posterior a la salida.
CONSEJERÍA Y GUÍA COMPRENSIVA (20 CFR 681.510) proporciona asesoramiento individualizado a los participantes. Este elemento programático también incluye el asesoramiento sobre abuso de sustancias controladas y alcohol, consejería sobre salud mental, así como referidos a otros servicios especializados, según corresponda a las necesidades de cada joven;
EDUCACIÓN EN ALFABETIZACIÓN FINANCIERA (20 CFR 681.500) se refiere a actividades que proporcionan a los jóvenes el conocimiento y las habilidades que necesitan para lograr la estabilidad financiera a largo plazo;
La educación en alfabetización financiera abarca información y actividades sobre una serie de temas, como la creación de presupuestos; la configuración de cuentas de cheques y de ahorro; manejo de los gastos, el crédito y la deuda; comprender los informes de crédito y las puntuaciones de crédito; y la protección contra el robo de identidad.
La Junta Estatal de Desarrollo Laboral estableció que los servicios bajo el elemento de Educación en Alfabetización Financiera son requeridos para todos los Jóvenes en la Escuela y los Jóvenes Fuera de la Escuela. Ver, DDEC-WIOA-02-20 – Guía de Asistencia Técnica de los Elementos del Programa de Jóvenes.
ADIESTRAMIENTO EN DESTREZAS EMPRESARIALES (20 CFR 681.560) proporciona los conceptos básicos para iniciar y operar una pequeña empresa y desarrolla habilidades empresariales;
El adiestramiento en destrezas empresariales ayuda a los jóvenes a desarrollar las habilidades asociadas con el empresarismo como la capacidad de tomar la iniciativa, buscar e identificar creativamente oportunidades de negocio, desarrollar presupuestos y pronosticar las necesidades de recursos, entender las opciones para adquirir capital y las compensaciones asociadas con cada opción, y comunicación efectiva y el mercadeo de sí mismo, sus productos o servicios.
SERVICIOS QUE OFRECEN INFORMACIÓN SOBRE EL MERCADO LABORAL (20 681.460(a) (13)) ofrecen información relacionada al empleo y el mercado laboral, los sectores industriales u ocupaciones disponibles en el área local, e incluye el asesoramiento y los servicios de exploración profesional.
La información del mercado laboral también identifica oportunidades de empleo y proporciona conocimiento de las expectativas del mercado laboral, incluidos los requisitos de educación y destrezas y los ingresos potenciales; y
La Junta Estatal de Desarrollo Laboral estableció que los servicios bajo el elemento de Servicios que Ofrecen Información sobre el Mercado Laboral son requeridos para todos los Jóvenes en la Escuela y los Jóvenes Fuera de la Escuela. Ver DDEC-WIOA-02-20 – Guía de Asistencia Técnica de los Elementos del Programa de Jóvenes.
ACTIVIDADES DE PREPARACIÓN Y TRANSICIÓN A LA EDUCACIÓN POST-SECUNDARIA (20 CFR 681.460(a) (14)) ayudan a los jóvenes a prepararse y hacer la transición a la educación y adiestramientos postsecundarios.
Estos servicios incluyen ayudar a los jóvenes a explorar opciones de educación postsecundaria, incluyendo escuelas de preparación técnica, colegios comunitarios, colegios y universidades con programas de dos (2) hasta cuatro (4) años, y programas de Aprendizaje Registrado.
La Junta Estatal de Desarrollo Laboral estableció que los servicios bajo el elemento de Actividades de Preparación y Transición a la Educación Post-Secundaria son requeridos para todos los Jóvenes en la Escuela. Ver, DDEC-WIOA-02-20 – Guía de Asistencia Técnica de los Elementos del Programa de Jóvenes.
Registro de Proveedores de Jóvenes
En la sección 123(a) de la Ley Publica 113-128 establece que los proveedores que las Juntas Locales seleccionen pasen por un proceso competitivo. Los Servicios deben cumplir con los requisitos establecidos en la Ley, que sean accesibles y razonables y cumplan con las metas establecidas por cada Junta Local para los jóvenes dentro de la escuela y fuera de la escuela.
Unidad Estatal para Trabajadores Desplazados y Patronos (U.E.T.D.P.)
Creada por el DDEC, como medida de acción para responder con rapidez y eficacia ante eventos de cesantías, cierres de operaciones y desastres naturales. Para asegurar el cumplimiento de las actividades de Respuesta Rápida dirigidas a los trabajadores desplazados. una unidad proactiva, enfocada en las empresas y sus trabajadores, con un diseño flexible que le permite cumplir con los propósitos primordiales, como:
- Asistir en la paralización de cesantías, hasta donde sea posible, conectando a los trabajadores afectados con otros patronos que necesiten de sus destrezas y conocimientos. Igualmente, evitando cierres futuros utilizando los servicios de adiestramiento para trabajadores incumbentes y asistiendo a patronos a identificar alternativas ante ese escenario.
- Proveer asistencia y coordinación de servicios para las empresas afectadas y sus trabajadores, con la meta de minimizar el impacto de la pérdida de empleo
Misión de Unidad Estatal Para Trabajadores Desplazados y Patronos (U.E.T.D.P.)
La misión de la UETDP, es impactar de forma positiva y eficaz los dos sectores que se ven afectados ante el evento de un cierre o una cesantía masiva, que son los trabajadores y el patrono.
Actividades de Respuesta Rápida
Las actividades de Respuesta Rápida tienen el propósito de aunar los esfuerzos de todos los socios medulares y opcionales bajo WIOA, para planificar, organizar, desarrollar y facilitar servicios que ayuden al trabajador a evitar o minimizar el impacto de la cesantía y que el proceso de transición se lleve a cabo de la forma más sosegadamente posible.
Servicios de Respuesta Rápida
Los servicios estatales disponibles para los trabajadores afectados por cierre o cesantías a reingresarlos a la fuerza laboral:
- Orientación sobre los servicios disponibles según la Ley de Oportunidades y de Innovación de la Fuerza Laboral
- Redacción de Resume
- Charlas Informativas
- Planificación Financiera
- Técnicas de Entrevistas de Empleo
- Manejo del cambio
- Preguntas Difíciles en la Entrevista de Empleo
- Apoyo Psicológico
- Información y referidos a oportunidades de empleo
- Ferias de Reclutamiento
- Ferias de agencias gubernamentales
- Áreas Locales (15) o Título I WIOA – servicios de carreras y de adiestramientos
- Programa de Asistencia por Ajuste en el Comercio (TAA), si la empresa se afecta por el Tratado Libre de Comercio
- Departamento del Trabajo y Recursos Humanos o Reclamación del Seguro por Desempleo y Solicitud del Servicio de Empleo
- Programa de Veteranos
- Departamento de Salud: Programa de Asistencia Médica
- Departamento de la Familia: Programa Asistencia Nutricional (PAN), ASUME
- Departamento de Educación - Completar Cuarto Año
- Asistencia en la búsqueda de empleo
- Orientación sobre desarrollo empresarial
Los servicios estatales disponibles para los patronos de forma proactiva y coordinados a la medida según la necesidad:
- Actividades de Prevención de Cesantías
- Asistencia de precualificar candidatos
- Talleres de Plan de Recuperación y Continuidad de Negocios
- Servicios de Respuesta Rápida, para manejar la transición de los trabajadores afectados por cierre o cesantías
- Desarrollo de actividades de Adiestramientos para actualizar las destrezas de los trabajadores incumbentes
- Ferias de Reclutamiento
- Desarrollo de actividades de adiestramiento en el empleo, adiestramiento a la medida y “Apprenticeship”
Nuestros servicios son:
- Confidenciales
- A la medida
- Libres de costo
Notificación, Readiestramiento y Reajustes para el Trabajador Desplazado
(WARN, por sus siglas en inglés)
Según el Código Laboral, en el Capítulo 4, Secciones 1400-1408, WARN protege a los trabajadores, sus familias y comunidades, al requerir que los patronos proporcionen una notificación por despido laboral, con 60 días de anticipación, a los trabajadores afectados y a los representantes locales de la ciudad y del estado, por el cierre de una empresa o por un despido laboral masivo. El aviso anticipado por un despido laboral proporciona a los trabajadores afectados y a sus familias, tiempo de preparación por la pérdida del empleo, tiempo para buscar otro empleo y, si es necesario, tiempo para recibir un adiestramiento o readiestramiento laboral para poder competir con éxito en el mercado laboral.
¿Cómo presento un aviso de Ley WARN?
Cuando el patrono les notifique a sus empleados que serán afectados por el cierre de una empresa o por un despido laboral masivo, el patrono debe de usar un método específico razonable para notificarle a sus empleados, que asegure que recibirán la notificación sobre el despido con 60 días de anticipación. Por ejemplo, por correo postal, entrega personal con la opción de un recibo firmado, etc.
La Unidad Estatal para Trabajadores Desplazados y Patronos (UETDP) o el Área Local de Desarrollo Laboral lo asistirá para que pueda comunicarse con el principal funcionario electo (Alcalde) del Municipio afectado por el despido laboral o el cierre de una empresa. Para más información, visite el Directorio de las Áreas Locales de Desarrollo Laboral.
Para presentar una Notificación WARN, envíe un correo electrónico a prwarnnotices@ddec.pr.gov. En esta dirección, proporcione la siguiente información:
- Nombre y dirección del lugar de empleo en donde ocurrirá el cierre de la empresa o despido laboral masivo.
- Nombre y número de teléfono de la persona de contacto de la compañía, en caso de que más información sea requerida.
- Declaración sobre si la acción planeada por el cierre del despido laboral será permanente o temporal; y si la empresa será cerrada completamente.
- La fecha indicada del primer despido laboral y las fechas planeadas de los siguientes despidos.
- Títulos de las posiciones de empleos que serán afectadas por el despido y el número de trabajadores que serán despedidos por cada clasificación de empleo.
- Cuando el despido ocurre en lugares de empleo diferentes, proporcione el número de trabajadores despedidos y el título de las posiciones de empleos por cada lugar de trabajo.
- Nombre del sindicato laboral/unión que representa a los trabajadores afectados por el despido.
- Nombre y dirección postal del director elegido por cada sindicato laboral/unión.
Para más información sobre la notificación WARN, entre a https://www.dol.gov/agencies/eta/layoffs/warn
Todas las notificaciones WARN deben ser presentadas por escrito:
- Al representante de los empleados afectados y/o a cada empleado, si no posee representación.
- Al Alcalde/Alcaldesa del lugar donde surge el cierre o despidos.
- A la Unidad Estatal para Trabajadores Desplazados y Patronos del DDEC:
Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC)
Att. Unidad Estatal para Trabajadores Desplazados y Patronos
Programa de Desarrollo Laboral
Avenida F.D. Roosevelt #355 Hato Rey, PR 00918
PO Box 1921594/16/2021 San Juan, PR 00919-2159 Tel: 787-754-5504 ext. 5286 Email: prwarnnotices@ddec.pr.gov
- Al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos
Att. Departamento del Trabajo y Recursos Humanos
Edificio Prudencio Rivera Martínez
Avenida Muñoz Rivera #505
San Juan, PR 00918
Reporte de las Notificaciones WARN Presentadas a la Unidad Estatal para Trabajadores Desplazados y Patronos
PROGRAMA ASISTENCIA POR AJUSTES EN EL COMERCIO
TRADE ADJUSTMENT ASSISTANCE(TAA)
La Ley de Comercio de 1974 estableció el Programa de Asistencia por Ajuste del Comercio (TAA, por sus siglas en inglés) para asistir a los trabajadores que han perdido su empleo como consecuencia del comercio internacional. Provee al trabajador afectado, la oportunidad de capacitarse en TAA, recibir beneficios económicos y apoyo para reintegrarse a la fuerza laboral.
Beneficios y servicios a Trabajadores desplazados:
- Servicios de Reempleo
- Coaching de Carreras
- Manejo de Casos
- Pago de Adiestramiento de Largo Plazo
- Ayuda económica para los trabajadores elegibles que estén tomando un adiestramiento y agoten los beneficios del Seguro por Desempleo.
- Estipendio por Relocalización
- Estipendio por Búsqueda de Empleo
- Subsidio Salarial por Reajuste al Re emplearse para trabajadores de 50 años en adelante.
- Subsidio por Gastos de Transportación y Subsistencia
Beneficios y servicios a patronos
Adiestramiento en el Empleo (OJT, On the Job Training)
Consiste de un adiestramiento provisto por un patrono a un trabajador certificado en TAA al cual ha contratado; le provee los conocimientos y destrezas esenciales para que logre un desempeño íntegro y adecuado del trabajo mientras está empleado. El patrono recibe un reembolso de hasta un 50% del salario del trabajador certificado y hasta un máximo de 104 semanas
Adiestramiento a la Medida (Customized Training)
Diseñado para satisfacer las necesidades de un patrono o grupo de patronos, con el compromiso de retener al trabajador en el empleo. Este adiestramiento lo lleva a cabo un instructor por separado, el patrono se compromete a emplear a los trabajadores, una vez completen exitosamente el adiestramiento. El patrono recibe un reembolso de hasta un 50% del adiestramiento en salón de clases certificado y hasta un máximo de 130 semanas.
Solicitud de TAA al Departamento del Trabajo de EE. UU.
Presentar la solicitud para calificar para beneficios y asistencia del TAA es el primer paso. Se puede completar el formulario de solicitud en la página web http://www.doleta.gov/tradeact; a través de un representante de la Unidad Estatal de Trabajadores Desplazados y Patronos o contactar al Departamento de Trabajo de los EE. UU. (DOL) en Washington al 1-888-365-6822.
La solicitud se puede solicitar por diferentes sectores:
- Tres o más trabajadores de una misma empresa o subdivisión de esta.
- El patrono de los trabajadores cesanteados.
- Líder sindical o algún representante debidamente autorizado.
- Representantes del Sistema de la Fuerza Laboral.
La solicitud identifica a un grupo de Trabajadores de una misma empresa o subdivisión, e incluye a todos los miembros de ese grupo. La petición de certificación debe presentarse al US Department of Labor (DOL) durante el año de despido, para que los trabajadores sean elegibles bajo el Programa.
Programas de Adiestramientos
Proyectos Especiales
El PDL cuenta con fondos disponibles de WIOA, para el desarrollo de proyectos innovadores, creativos y productivos, orientados a adiestrar trabajadores elegibles al amparo de WIOA, así como, empresas o industrias en necesidad de reclutar empleados o actualizar las destrezas de sus trabajadores existentes.
Para lograr obtener los fondos mediante reembolso, es necesario que los patronos soliciten y cumplan con los criterios y requisitos necesarios para la cualificación, aprobación y contratación.
Actividades de adiestramiento
La siguiente guía facilita a los patronos el proceso de cualificación y solicitud de fondos de manera ágil, simple y rápida. El manual describe las instrucciones para completar dicha cualificación y solicitud, en conjunto con los documentos requeridos para radicar y evaluar las mismas.
Adiestramiento en el empleo-Adiestramiento estructurado provisto por un patrono del sector público o privado, con o sin fines de lucro, a un trabajador que devenga un salario mientras realiza una labor productiva en un trabajo, que provee nuevos conocimientos o nuevas destrezas esenciales para un pleno y adecuado desempeño del trabajo.
Adiestramiento a la Medida– Está diseñado y desarrollado para satisfacer las necesidades particulares de un patrono o grupo de patronos, con el compromiso de retener en el empleo aquellos trabajadores que completen satisfactoriamente el adiestramiento. El patrono tiene las siguientes opciones para seleccionar los recursos necesarios para ofrecer el adiestramiento a los empleados.
Recursos Externos– Profesionales (individuos) y/o entidades no educativas que proveen servicios de capacitación (adiestramiento) y que cuentan con las credenciales necesarias para ofrecer el adiestramiento requerido.
Instituciones Educativas– Colegios, instituciones y/o universidades que proveen servicio de educación continua, certificaciones y/o grados y que cuentan con las credenciales necesarias para ofrecer el adiestramiento requerido.
Recursos Internos– Personal interno de la empresa solicitante que tiene las competencias (conocimiento, experiencia, destrezas, habilidades y actitud) para capacitar (adiestrar) a un empleado nuevo en una ocupación profesional o vocacional particular.
Adiestramiento para Trabajadores Incumbentes – Es un adiestramiento diseñado para cumplir con los requerimientos especiales de un patrono o grupo de patronos para retener una fuerza laboral diestra o evitar la necesidad de cesantear empleados asistiendo a los trabajadores en obtener las destrezas necesarias para retener el empleo. El adiestramiento se conduce con el compromiso del patrono de retener o evitar las cesantías de los trabajadores incumbentes adiestrados.
PROGRAMA DE APRENDIZAJE REGISTRADO “Apprenticeship”
Puerto Rico dice presente a la celebración nacional de la Semana del Aprendizaje.
Es por ello, que el gobernador Pedro Pierluisi, mediante el Boletín Administrativo Núm.: P-2022-251, reconoce del 14 al 20 de noviembre de 2022, la Semana Nacional del Aprendizaje exhortándonos a la promoción y expansión de este programa en Puerto Rico.
¿Qué es el programa de Aprendizaje Registrado?
El sistema de Aprendizaje Registrado se ha utilizado para satisfacer las necesidades ocupacionales de la fuerza laboral de Estados Unidos por más de 80 años. Es un sistema de adiestramiento único y flexible que combina la teoría técnica relacionada al trabajo o instrucción relacionada, con la experiencia estructurada de un aprendizaje en el trabajo, también conocido como adiestramiento en el empleo. El Aprendizaje Registrado es la iniciativa líder en la preparación de trabajadores en América para competir en una economía mundial del siglo XXI.
¿Por qué? Porque es un sistema de enseñanza específica y estandarizada que sigue el ritmo de las tecnologías avanzadas para la capacitación y desarrollo de los recursos humanos.
El sistema de Aprendizaje Registrado es la oportunidad idónea para los trabajadores que buscan empleos competitivos y bien remunerados; y a los empleadores que intentan desarrollar una fuerza laboral altamente calificada y de vanguardia que pueda hacer frente a los cambios y exigencias del mercado global.
En este sentido, el Aprendizaje Registrado satisface efectivamente las necesidades de empleadores y trabajadores. El Aprendizaje Registrado es sumamente activo en industrias tradicionales como la construcción y la manufactura. Aun así, está avanzando rápidamente en los sectores de servicios médicos, energía, comunicaciones, informática y seguridad nacional.
Requisitos del programa de Aprendizaje Registrado
Los programas de Aprendizaje Registrado son un plan escrito, diseñado para dirigir a un aprendiz con habilidades bajas o nulas, a lograr una gama de destrezas competitivas dentro de una determinada ocupación. Estos programas deben cumplir con los parámetros establecidos en la Ley Nacional de Aprendizaje destinados a proteger el bienestar del aprendiz. La Ley y sus reglamentos promulgados, son administrados por la Oficina de Aprendizaje (OA) del Departamento del Trabajo Federal (USDOL) o una Agencia de Aprendizaje Estatal (SAA) aprobada por el secretario del Departamento del Trabajo Federal para tales fines.
Cada programa de Aprendizaje Registrado es patrocinado por una empresa individual o una asociación de empresas. Otras organizaciones que podrían trabajar estos programas en unión a los patronos son: uniones laborales, universidades, colegios técnicos vocacionales o proveedores de adiestramientos especializados.
Al completar el programa de adiestramiento, el aprendiz obtiene una credencial reconocida a nivel nacional emitida por el USDOL la cual valida la capacitación formal recibida en la ocupación determinada.
También, existen entidades representativas de las industrias, identificadas como Standards Recognition Entities, SER por sus siglas en inglés, las cuales mediante un proceso de solicitud son reconocidas por la Oficina de Aprendizaje del USDOL para administrar programas de Aprendizaje Registrado. Los SER pueden: industrias especializadas, grupo de empleadores, asociaciones, instituciones de educación superior, entre otras.
El patrocinador de cada programa de Aprendizaje Registrado identifica los requisitos mínimos necesarios para participar de su programa de Aprendizaje. La edad inicial elegible no puede ser menor de 16 años; sin embargo, los candidatos generalmente deben tener 18 años para entrar como aprendices en ocupaciones peligrosas. Los patrocinadores del programa también pueden identificar calificaciones y credenciales mínimas adicionales para aplicar, por ejemplo, educación previa, condición o destrezas físicas para realizar las funciones esenciales de la ocupación. Otros métodos como pruebas de aptitud, entrevistas y experiencia laboral previa, son requisitos validos que los patrocinadores pueden exigir a los candidatos que interesen ingresar al programa.
Ventajas del Programa
Beneficios del sistema de Aprendizaje Registrado para los aprendices:
- Mejora de las destrezas y competencias para satisfacer las necesidades específicas del patrono.
- Promueve aumentos salariales a medida que mejoran sus habilidades y conocimientos.
- Es capacitación en el trabajo y educación centrada en la ocupación.
- Persigue el crecimiento profesional del aprendiz dentro o fuera de su industria.
- Obtención de credencial emitida por el USDOL o la industria, reconocidas a nivel nacional.
Beneficios para los empleadores incluyen:
- Capacitación personalizada que resulta en empleados altamente diestros y capacitados en las especificaciones de la industria y la empresa.
- Aumento de la productividad y la transferencia de conocimiento debido a la asistencia y siguiente de un mentor en el aprendizaje en el trabajo y la instrucción técnica relacionada.
- Mayor retención: “El 87 por ciento de los que aprendices que completaron el programa en el 2011, todavía estaban empleados nueve meses después de completar su aprendizaje”.
- Reducción en gastos por compensación laboral: Capacitación atiende con énfasis la importancia de realizar las labores pensando en la salud y seguridad ayuda a reducir los costos de compensación por accidentes en el área de trabajo.
- Oportunidad de desarrollar trabajadores estables y predecible que ocupen puestos de responsabilidad según aumenten las necesidades del negocio.
- Espacio para observar y evaluar las áreas donde el empleador debe reforzar y el empleado fortalecer su proceso de mejora.
- Un modelo de capacitación probado que garantiza llevar a los empleados certificados a los niveles más altos requeridos por la ocupación y permite a los empleadores establecer el punto de referencia y la estructura que puede determinar el Retorno de la Inversión en dólares.
ROL DEL GOBIERNO
El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio a través del Programa de Desarrollo Laboral es la agencia estatal en Puerto Rico autorizada por la Oficina de Aprendizaje (OA) del USDOL para administrar el programa de Aprendizaje Registrado en la isla. Nuestra oficina es responsable de:
- Registrar los programas de aprendizaje que cumplan con los estándares federales.
- Vigilar por la seguridad y el bienestar de los aprendices.
- Solicitar al USDOL las credenciales reconocidas y portátiles a nivel nacional una vez los aprendices completen su programa de adiestramiento.
- Promover el desarrollo de nuevos programas a través del mercadeo y la asistencia técnica a futuros patrocinadores.
- Asegurar que todos los programas cumplan con los fundamentos del programa de Aprendizaje Registrado en beneficio de los aprendices.
- Asegurar que todos los programas provean una capacitación de alta calidad.
- Asegurar que todos los programas produzcan trabajadores calificados y competentes en beneficio de sus industrias.
NOTAS ADICIONALES
¡Trabajo inmediato!
Los aprendices comienzan a trabajar desde el primer día recibiendo aumentos salariales[1] a medida que se vuelven más competentes en el trabajo[2]. Los aprendizajes varían de uno a seis años, pero la mayoría son de dos a cuatro años de duración. En el 2011, más de 130,000 personas en los Estados Unidos se convirtieron en aprendices.
¡Trabaja y edúcate!
Aprendizaje es el único modelo de adiestramiento donde se aprende y generas ingresos en una combinación de teoría y práctica estructurada acompañado de trabajo guiado por un mentor.
Recibe instrucción relacionada, a través de los recursos internos del patrono, escuelas técnicas, colegios comunitarios u otras instituciones de educación superior en forma presencial o a distancia, aplicando los recursos tecnológicos más eficientes para que disfrutes tu proceso de aprendizaje.
Tu objetivo: Desarrollar el máximo de tus habilidades y conocimientos en bienestar de tu carrera laboral y para beneficio de tu patrono.
¿No tienes diploma?
Al completar un programa de Aprendizaje Registrado, los participantes reciben una credencial emitida por el Departamento del Trabajo Federal o por la industria, reconocida a nivel nacional y portable. Esta credencial – equivalente a un diploma – certifica la competencia ocupacional, y abre el camino para alcanzar una trayectoria profesional. En muchos casos, estos programas brindan a los aprendices la oportunidad de obtener o continuar estudios secundarios y postsecundarios simultáneamente. En 2011, más de 55,000 participantes en todo los Estados Unidos se graduaron de un programa de Aprendizaje Registrado.
[1] Los cantidad y frecuencia en los aumentos salariales son determinados por los patronos. Ni el DDEC ni el PDL, tiene la potestad para determinar la cantidad ni la frecuencia del o los aumentos salariales.
[2] Para cumplir con los estándares del programa de Aprendizaje Registrado, los patronos asumen la responsabilidad de otorgar el/los aumento(s) salarial(es) al aprendiz completar cierta cantidad de horas del adiestramiento en el empleo. El intervalo de horas entre aumentos lo determina el patrono.
Iniciativas PDL
Iniciativas presentes
Fondo de Prevención de Cesantías COVID-19
El 12 de marzo de 2020 la entonces gobernadora de Puerto Rico, declaró un estado de emergencia como resultado de la amenaza a la salud pública asociada al COVID-19. Posteriormente, la otrora gobernadora y el actual Gobernador de Puerto Rico, Hon. Pedro Pierluisi Urrutia, han proclamado varios Decretos Ejecutivos con el fin de fomentar el "distanciamiento social" y proteger a los ciudadanos de una mayor propagación de la enfermedad.
Con el fin de apoyar a los patronos que se enfrentan a los impactos financieros a causa de las medidas tomadas para evitar la propagación del nuevo coronavirus, el Programa de Desarrollo Laboral (en adelante, “PDL”) estableció el denominado Fondo de Prevención de Cesantías COVID-19. El Fondo de Prevención de Cesantías COVID-19 dirigirá las subvenciones a Patronos u otras organizaciones en Puerto Rico, según descritas adelante, y que experimenten problemas económicos con el fin de mitigar los posibles despidos o cierres de instalaciones debidos al COVID-19. Las empresas elegibles pueden presentar una solicitud por la cantidad máxima de $50,000 dólares. La cantidad a asignarse a cada patrono estará sujeta a los gastos extraordinarios en que incurra el patrono relacionados a la crisis del COVID-19 y tales gastos pueden conllevar el cesantear empleados para poder continuar operando.
ELEGIBILIDAD
Los solicitantes elegibles son aquellos patronos, incluyendo Organizaciones sin fines de lucro, organizaciones de base comunitaria e Instituciones de Educación Superior, que cumplan con los siguientes requisitos:
- Tienen 500 empleados o menos, incluyendo individuos que trabajen por cuenta propia;
- Demostrar necesidad de apoyo para la prevención de cesantías. Entiéndase los gastos extraordinarios incurridos como consecuencia de COVID-19.
SOLICITUD
¿Deseas solicitar al Fondo? Aquí te detallamos lo que necesitas para poder completar la solicitud:
- ID oficial del Gobierno de Puerto Rico y/o Pasaporte con foto vigente del principal;
- Registro de Comerciante del Departamento de Hacienda;
- En caso de que una corporación comparezca por conducto de representante autorizado o agente residente, se deberá incluir Resolución Corporativa autorizándole a solicitar los fondos a nombre de la Corporación;
- El Compromiso de retención de los empleados hasta ciento veinte (120) días naturales a partir de la fecha de la otorgación de la subvención, incluido en la solicitud.
- Facturas de los bienes y/o servicios que estén relacionados con la emergencia con la evidencia de recibos y el método de pago utilizado para adquirir los mismos. Toda factura, recibo de compra y/o método de pagado debe tener fecha a partir del 12 de marzo de 2020, fecha en que se declaró el Estado de Emergencia.
Las empresas que cumplan con los requisitos deberán presentar la solicitud con los documentos en https://refuerzoeconomico.ddec.pr.gov/programa-de-desarrollo-laboral.
Si usted recibió los fondos y no llegó al máximo de los $50,000.00 y continúa incurriendo en gastos relacionados al COVID-19 puede solicitar nuevamente mediante el correo electrónico de layoffaversion@ddec.pr.gov. Si a usted se le denegó la solicitud y continúa incurriendo en gastos relacionados al COVID-19 puede solicitar nuevamente mediante el correo electrónico de layoffaversion@ddec.pr.gov. Las solicitudes recibidas serán revisadas y evaluadas por orden de llegada, sujeto a la disponibilidad de los fondos. No se considerará ninguna solicitud incompleta.”
USO DE FONDOS - COSTOS PERMITIDOS
Los patronos participantes deben utilizar los fondos para evitar los despidos de empleados y cumplir con las disposiciones de "distanciamiento social" y sanidad en el lugar de trabajo, establecidas por las entidades de salud pública a nivel estatal y federal. Las solicitudes deben ser razonables, necesarias y directamente relacionadas a los propósitos del Fondo de Prevención de Cesantías COVID-19. Todas las solicitudes recibidas serán revisadas y evaluadas por el Programa de Desarrollo Laboral y las Juntas Locales de Desarrollo Laboral. Las actividades permitidas incluyen, pero no se limitan a las siguientes:
- La compra de equipos de acceso remoto para permitir a los empleados trabajar desde su casa en lugar de ser despedidos (computadoras, impresoras, teléfonos, auriculares, etc.);
- Comprar programas o aplicaciones de “software”, necesarios para trabajar a distancia;
- La compra de suministros y/o servicios de limpieza/saneamiento o equipo de seguridad que permitan a una empresa exenta o autorizada por mandato gubernamental, mantener a los empleados en el área de trabajo;
- La compra de suministros y/o servicios de limpieza/saneamiento que permitan a un patrono retomar las operaciones, al cese de la emergencia, si este gasto extraordinario impacta el pago de nóminas y tuviera como consecuencia la cesantía de parte de su plantilla laboral
- Pagar el aumento o diferencia de la póliza regular de un seguro de responsabilidad pública, para aquellos comerciantes que hayan incluido el servicio de entregas a domicilio, a causa del Estado de Emergencia, de conformidad con las Órdenes Ejecutivas promulgadas;
- Otros enfoques y estrategias para reducir o eliminar la necesidad de despidos estarán sujetas a revisión y aprobación del PDL (gastos operacionales, excluyendo nóminas). Entre estos gastos operacionales se podrán considerar los incurridos por el patrono en el pago de renta, agua, luz, teléfono del local, celulares y servicios de internet, entre otros. Las Juntas Locales de Desarrollo Laboral referirán estos casos excepcionales al PDL, para su revisión y aprobación.
Iniciativas pasadas
DISABILITY RESOURCE COORDINATION COOPERATIVE AGREEMENT hasta el 31 de diciembre de 2020
El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio es el responsable de administrar los fondos del DISABILITY RESOURCE COORDINATION COOPERATIVE AGREEMENT (DRCCA,
por sus siglas en inglés).
Este programa está amparado bajo la Ley WIOA, con el propósito de ayudar a las personas con impedimento a ingresar a la fuerza laboral, a la brevedad posible. Esto, sujeto a disponibilidad de fondos. El uso permisible de fondos bajo el DRCCA puede incluir:
Identificación de Servicios: Identificar y evaluar la ubicación, el estatus y las necesidades inmediatas de las personas con impedimentos.
Conexión o Referido a Servicios: Referir a los servicios recomendados, ofrecer el apoyo necesario, y prepararlos para conectarse / reconectarse con el Sistema de Desarrollo de la Fuerza laboral y con otros servicios que les ayuden a conseguir empleo.
- Asesoramiento sobre beneficios y educación financiera.
- Servicios necesarios para insertar a los participantes en el mercado laboral.
Compra de Equipo:
- Todo tipo de mercancía, materiales, accesorios, equipos, piezas y suministros
- Dispositivos de comunicación
- Tecnología, incluyendo tecnología aumentativa y asistida
- Prótesis, equipo médico duradero
Pareo de fondos para la compra de equipos sofisticados y otros.
Acceso a WIOA – Servicios y seguimiento del American Job Center (AJC,
por sus siglas en inglés).
- Los participantes tendrán acceso a las actividades de Título I de WIOA, de
programas de Adultos, Trabajadores Desplazados o Jóvenes, según aplique.
- El personal de AJC dará seguimiento para ayudar a los participantes a
encontrar y conservar un empleo.
Requisitos para Cualificar:
- Afectado por los huracanes Irma o María
- Bajos ingresos, según los requerimientos de WIOA
- Evidencia certificando impedimento
- Persona con Impedimento que esté en riesgo de perder su empleo
- Someter la documentación requerida
- Participantes deberán estar hábiles, aptos y disponibles para trabajar
Aida Rivera Suárez
Dx: Osteoarthritis
Equipo entregado: Orthopedic Shoes
Carmelo Sastre
Juris Doctor
Works from home
Dx: Muscular Dystrophy /Charcott Marie Rooth
Equipment: Customized Motorized Wheelchair
Ramony Caraballo
School Social Worker
Dx: Fibromyalgia
Equipment: Electric Scooter
Sheila Berrocales
University Student
DX: Hearing and Sight loss
Equipment: Tablet, Bluetooth Keyboard, with several apps, Magnifier and Pearl Camera.
Iván Díaz Carrasquillo
BA in Commercial Administration and Juris Doctor.
Works at the PR Tourism Company as Interim Tax Incentives Director
Dx: Quadriplegia
Equipment: Customized Motorized Wheel Chair
Olga Soto Malavé
Stylist in a Beauty Parlor
Dx: Hearing Loss
Equipment: Headphones
Luis G. Martel
23 years
Dx: Level 1 Autism y Deficit Attention Disorder and Focal Epilepsy
3 years of studies at the PR Art School Conservatory
Skills in scripts development and movies performance
Equipment Tablet with apps aplicaciones recommended by the PRATP
Joselito Valle Román
Dx: Deafness
Works as Factory Operator
Equipment: Haedphones
Cristalia Herrera
Works as Cashier in a Supermarket
Dx: Bilateral Displasia in both hips with Espondilosis
Equipmente: Crutches
Glorimar Herminia Santiago
46 years
BA in Education Arts
Elementary School Teacher
DX:- Profound Bilateral Deafness
Equipment: Headphones for both ears
Luis Quintana Moreno
33 years
Works as Proyect Coordinator in a Foundation
Dx: Deaf
BA, Comunication and Education
Equipment: Headphones
Pablo Lozada,
44 years
High School Diploma
Dx: Severe Glaucoma in both eyes
Equipment: Magnifier and Talking Watch
Héctor Vega Vázquez
Dx: Paralysis of both legs
Equipment: Abductor y Shoe Holders
Capitalización de Negocios venció el 30 de septiembre 2020
El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio DDEC solicitó una dispensa con el propósito de asistir a los pequeños negocios que se vieron afectados por el paso de los huracanes Irma y María. Los fondos aprobados, bajo el National Dislocated Workers Grant (NDWG)van dirigidos a:
- La recuperación y limpieza inmediata de Puerto Rico.
- Contribuir a la aceleración de la economía.
- Apoyar a los pequeños negocios.
- Fomentar la creación y retención de empleo.
El Departamento del Trabajo Federal (DOL) le asigna al DDEC:
$2,500,000.00 de los Fondos de Emergencia bajo el NDWG para la Capitalización de Negocios.
Se han beneficiados 499 patronos para un total de $2,317,841.57.